Obleas Obligatorias (Ascensores, IFCI, Artefactos térmicos)

El trámite consiste en la denuncia y registro de cada elevador, instalación fija contra incendio o artefacto térmico presente en el establecimiento. El administrador tiene la obligación de renovar anualmente la oblea correspondiente, teniendo tiempo hasta el 31 de Marzo de cada año, excepto cuando por determinadas circunstancias se establezca por acto administrativo prórroga para la extensión del plazo. Las obleas vencen anualmente, como así también el pago de la tasa correspondiente, por lo que deben ser renovadas y cambiadas manteniendo su ubicación original.